viernes, 2 de julio de 2010

Tribunal reconoce que Rodríguez Pimentel violó los derechos fundamentales de Alicia Ortega

El magistrado deja explicito en uno de sus considerando que la libertad de expresión y difusión no puede ser sometida a una censura con anterioridad a la información.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La Segunda Sala Civil y Comercial del Distrito Nacional reconoció este jueves que el Director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Héctor Rodríguez Pimentel, violó los derechos fundamentales de la periodista Alicia Ortega.

A través de la sentencia del juez Pedro Vásquez, se establecen dos aspectos uno cuanto al recurso de Amparo y otro parte en cuanto al desistimiento de Rodríguez Pimentel frente a los anunciantes.

Héctor Rodríguez Pimentel.
Archivo/Clave Digital

“Examina en cuanto a la forma como bueno y válido la presente acción de amparo interpuesta por la señora Alicia Ortega en contra del señor Héctor Rodríguez Pimentel, amparándola en sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 49 de la Constitución Política Dominicana”, explica el dispositivo de la sentencia en cuanto a la acción de amparo.

El magistrado deja explicito en uno de sus considerando que la libertad de expresión y difusión no puede ser sometida a una censura con anterioridad a la información, y mucho que se puedan realizar actos, actuaciones o diligencias tendentes al menoscabo de esa libertad y derecho materializado por un medios de comunicación.

“Decreta que constituyen actos atentatorios a la libertad de información y censura previa a) el monopolio de los medios de difusión, b) las subvenciones gubernamentales a ciertos medios de difusión, c) la violación al secreto profesional que asiste a los periodistas, d) la difusión obligatoria de ciertas ideas, conceptos o acontecimientos, e) la publicación coactiva de ciertas propagandas, f) la prohibición de crear nuevos medios de difusión, g) supeditar a la autoridad gubernamental el establecimiento de los medios de comunicación, h) los privilegios y restricciones impuestas por el gobierno para emplear tecnologías de comunicación ...”, explica la sentencia.

Advierte al funcionario que la libertad de prensa se ejerce, sin trabas ni censuras previas a la publicación de cualquier información, como lo hizo Rodríguez Pimentel al intimar a los anunciantes Ortega para que no coloquen publicidad en los medios de la comunicadora.

En cuanto al desistimiento, el juez lo admite como una retractación de Rodríguez Pimentel frente a los anunciantes.

La abogada Laura Acosta planteó en el tribunal que el dictamen del magistrado Vásquez Lora “es un triunfo para todo el periodismo nacional”, dado que de manera clara y precisa se establece un listado de actuaciones que son atentatorias a la libertad de prensa.

Explicó que se trata de una victoria para la prensa en término general y no sólo para Ortega en términos particular, puesto que “el tribunal le ha advertido a la autoridad pública que no puede limitar en ninguna forma la libertad de prensa en este país”.

En igual sentido se pronunció el jurista Luis Rivas, quien planteó que “lo más importante es que a partir de ahora ningún funcionario ni ningún particular puede amedrentar o intimidar a los anunciantes mediante esa forma”.

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