jueves, 5 de septiembre de 2013
Aunque se pruebe el crimen, juzgar en RD al exnuncio Wesolowski es casi imposible
El acusado, cuyo paradero se ignora, era en el país y al momento de cometer los hechos, representante de la Santa Sede, es decir, embajador y, dada esta condición, estaba protegido por la Convención de Viena, que reglamenta la inmunidad diplomática.
El Artículo 31 de la Convención es específico respecto a las circunstancias en las que un diplomático pierde la inmunidad de la jurisdicción penal, civil y administrativa del Estado receptor. Dice textualmente:
“1. El agente diplomático gozará de inmunidad de la jurisdicción penal del Estado receptor. Gozará también de inmunidad de su jurisdicción civil y administrativa, excepto si se trata:
“ a) De una acción real sobre bienes inmuebles particulares radicados en el territorio del Estado receptor, a menos que el agente diplomático los posea por cuenta del Estado acreditante para los fines de la misión;
“b) De una acción sucesoria en la que el agente diplomático figure, a título privado y no en nombre del Estado acreditante, como ejecutor testamentario, administrador, heredero o legatario;
“c) De una acción referente a cualquier actividad profesional o comercial ejercida por el agente diplomático en el Estado receptor, fuera de sus funciones oficiales.
“2. El agente diplomático no está obligado a testificar.
“3. El agente diplomático no podrá ser objeto de ninguna medida de ejecución, salvo en los casos previstos en los incisos a), b) y c) del párrafo 1 de este artículo y con tal de que no sufra menoscabo la inviolabilidad de su persona o de su residencia.
“4. La inmunidad de jurisdicción de un agente diplomático en el Estado receptor no le exime de la jurisdicción del Estado acreditante”.
Para que un proceso penal contra Wesolowski prospere, el Vaticano debe renunciar a la inmunidad de jurisdicción, según el Artículo 32 de la Convención. Puede suceder, también, que el Estado dominicano solicite a la Santa Sede el levantamiento de esta inmunidad y que esta acceda para que el nuncio pederasta pueda ser juzgado en la jurisdicción dominicana.
Pero además de ser signatario de la Convención de Viena, el país también tiene firmado un Concordato con la Santa Sede cuyo Artículo II dice taxativamente:
“1. El Estado Dominicano reconoce la personalidad jurídica internacional de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano.
"2. Para mantener, en la forma tradicional, las relaciones amistosas entre la Santa Sede y el Estado Dominicano, continuarán acreditados un Embajador de la República Dominicana cerca de la Santa Sede y un Nuncio Apostólico en Ciudad Trujillo. Este será el decano del Cuerpo Diplomático, en los términos del derecho consuetudinario”.
Hasta donde se sepa, el papa Francisco destituyó del cargo de nuncio al acusado, pero no lo ha separado de la vida sacerdotal ni de la Iglesia. La inferencia encuentra piso en los términos de la carta enviada por el pontífice a los obispos de Puerto Rico el pasado 21 de agosto. Simplemente se informa de que Wesolowski había sido cesado como representante vaticano no solo en República Dominicana, sino también en Haití y el propio Puerto Rico.
Vale decir, sin embargo, que los resultados de la investigación que realice el Ministerio Público podría tener valor probatorio si el Vaticano decidiera enjuiciar a Wesolowski bajo lo previsto en el Código Penal vaticano, reformado en julio pasado por el papa Francisco para endurecer las penas en delitos como el abuso de menores, la prostitución infantil y la pornografía que involucre a niños.
Este miércoles, el portavoz del Vaticano, Federico Lombardi, dijo a varias agencias internacionales de noticias que Wesolowski habia presentado su renuncia (no se especifica a qué) y que le fue aceptada. Añadió que el Vaticano ha iniciado una investigacion sobre los hechos que se le imputan.
Cuando ayer monseñor Agripino Núñez Collado admitió ante los periodistas que la destitución del nuncio Wesolowski se debió a las acusaciones de abuso sexual de menores que pesan contra él, planteó que el caso escapa a la justicia dominicana dada, precisamente, la condición de embajador del ahora en paradero desconocido.
Quizá haya un escollo más a favor del presunto delincuente: no existe tratado de extradición entre el Vaticano y la República Dominicana. En caso de que la Santa Sede renunciara a sus prerrogativas jurisdiccionales, el país tendría que lograr una orden de busca y captura de la Interpol y encontrar a Wesolowski en el inmenso, inabarcable pajal de las complicidades que hasta hoy, por ejemplo, mantiene a su amigo y compatriota, el también cura pederasta Alberto Gil, a buen resguardo.
La investigación del Ministerio Público podría terminar, por tanto, como reafirmación de lo denunciado por la periodista Nuria Piera en un programa que ha obligado a la Iglesia Católica a romper su inexplicable silencio sobre acontecimientos de los cuales estaba al tanto.
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