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En la sentencia, la SCJ dispuso que la jueza continúe apoderada del caso, argumentando que los alegatos invocados por los querellantes y los fundamentos de su recusación, no figuran entre los motivos establecidos en el artículo 78 del Código Procesal Penal para acoger la recusación y la inhibición de un juez.
Al momento de elevar la recusación, los querellantes alegaron que la magistrada “tiene fuertes vínculos con el senador Bautista”, por lo que no garantizaría la imparcialidad requerida para decidir sobre el asunto.
Agelán Casasnovas fue encargada del caso en calidad de jueza de instrucción especial. Deberá decidir sobre la decisión de la Dirección de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA) de archivar el expediente contra Bautista, medida que ha sido objetada por el procurador general Francisco Domínguez Brito.
A Bautista se le atribuyen hechos punibles durante su gestión como director de la Oficina de Ingenieros Supervisora de Obras del Estado.
La Convergencia Nacional de Abogados es presidida por Yúniol Ramírez Ferreras.
7dias.com.do
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