La Cámara Penal de Santiago declaró ilegales los parquímetros que operan en el municipio norteño, por considerarlos violatorios a la Constitución y las leyes.
La magistrada Cecilia Badía declaró ilegales igualmente las operaciones de la empresa Blue Parking Caribbean, que administra esos parquímetros y el contrato con el ayuntamiento de este municipio.
Badía dictó la sentencia tras acoger como bueno y válido el recurso de amparo elevado por José Alfredo Calderón, a quien la compañía que administra los aparatosos de regulación de estacionamiento, primero le inmovilizó y luego se incautó de su vehículo.
La magistrada declaró su sentencia ejecutable de inmediato, no obstante cualquier recurso.
El fallo emitido el 23 de febrero pasado fue dado a conocer ayer en rueda en la Oficina Contra los Parquímetros y en Defensa de los Usuarios del Espacio Público, por los abogados Radhamés Bonilla, Pedro Julio Zapata y Annerys Guillermo, quienes elevaron el recurso de amparo a favor de Calderón.
Según los abogados, en la parte dispositiva, la magistrada Badía dispuso acoger en cuanto a la forma y al fondo el recurso y ordenó a la compañía Blue Parking Caribbean y a los señores Guillermo León Herbert y Francisco Rodríguez, así como a cualquier institución pública, privada o autónoma, a devolver el vehículo a Calderón.
Asimismo, los condenó a todos al pago de mil pesos diarios por cada día que transcurra sin cumplir la sentencia.
El coordinador de la oficina, el regidor y abogado, Hipólito Martínez, dijo que hay un precedente y una sentencia histórica que debe cumplirse en los primeros días y empezar a recoger los parquímetros de la ciudad.
“Santiago está de júbilo con esta sentencia histórica para que los parquímetros sean retirados de inmediato”, afirmó el también dirigente comunitario.
Calderón dijo, a través de sus abogados, que procederá a demandar en daños y perjuicios a Blue Parking Caribbean y a sus representantes.
La sentencia. La jueza fundamentó su decisión en los artículos 38, 51, 68, 69 y 93 de la Constitución de la República, y en el artículo 25 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en la Ley de Organización Municipal y la 241 sobre Tránsito de Vehículos. También, en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia que declaró inconstitucional el decreto 798-02, del 14 de diciembre del 2002, que daba poderes a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) a cobrar multas.
Las claves
1. Viola Constitución
Según la sentencia de la jueza Cecilia Badía, la operación de los parquímetros es violatoria a la Constitución y las leyes del país.
2. Son ilegales
La sentencia declara ilegales la operación de los parquímetros, la compañía Blue Parking Caribbean, que los administra el contrato con el ayuntamiento.
3. De inmediato
Es de aplicación inmediata.
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