Sobre dos actos de intimación depositados por otro grupo de dirigentes del PRD, advirtiendo sobre la culminación del mandato del presidente del partido, Miguel Vargas Maldonado, y sobre una oposición a la entrega de recursos propiedad de la organización a éste, la JCE informó que no fueron conocidos ni debatidos en la reunión porque no estaban en la agenda, debido a que fueron recibidos la víspera.La intimación al organismo electoral, presentada por Juan Taveras Hernández “y compartes”, se refiere al listado del CEN del 4 de marzo del 2012, depositado en la JCE el 19 de marzo de ese mismo año, conjuntamente con la inscripción de las candidaturas a las elecciones generales del año pasado.
La JCE aclara que el secretario no está obligado a emitir una certificación en los términos solicitados, pero que no obstante, el Pleno le autoriza a entregarla, “sin que esto implique un juicio de valor o una interpretación del mismo, ya que el hecho de establecer quién es o no, miembro de un organismo o estamento de un partido político, escapa del ámbito de las competencias de la Junta Central Electoral”.
Sobre dos actos de intimación depositados por otro grupo de dirigentes del PRD, advirtiendo sobre la culminación del mandato del presidente del partido, Miguel Vargas Maldonado, y sobre una oposición a la entrega de recursos propiedad de la organización a éste, la JCE informó que no fueron conocidos ni debatidos en la reunión porque no estaban en la agenda, debido a que fueron recibidos la víspera.
La Junta Central aclara "desinformación" en un aspecto del acto de alguacil
El conjunto de los miembros titulares de la JCE quiso aclarar, sobre el acto de alguacil instrumentado a requerimiento de Juan Taveras Hernández y demás, que el Tribunal Superior Electoral (TSE) no le solicitó, en fecha 11 de julio del 2013, el listado de miembros electos al CEN el 28 de febrero del 2010, como erróneamente dice la acción legal de los supuestos excluidos.
Conforme a la explicación, lo que el TSE pidió fue los resultados de la XXVII Convención Nacional Ordinaria PRD, celebrada el 27 de septiembre de 2009.
Y agrega que en ninguna parte de la sentencia del TSE, con respecto a la solicitud hecha a la JCE, aparece la palabra “Comité Ejecutivo Nacional, ni la fecha 28 de febrero de 2010”.
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