La resolución que tendrá efectividad a partir del 2 de enero del 2010, establece que las tarifas fijadas se calcularán por horas de trabajo, dividiendo el salario mensual entre 23.83 días laborales y el resultado de esta operación dividiéndolo entre 8, para los trabajadores que prestan servicios a tiempo parcial en empresas industriales, comerciales o de servicios.
Tiempo parcial
A los fines de establecer el significado de trabajo a tiempo parcial, la resolución 4-2009 señala que es aquel servicio prestado que no exceda de 29 horas a la semana, sin que en ningún caso se pueda laborar por encima de este límite ni prestar servicios en horas extras de trabajo.
El documento indica que el salario mínimo del aprendiz se pagará conforme a lo dispuesto en la resolución, y será calculado en base a las horas de formación práctica efectuadas en la empresa donde presta sus servicios.
No puede ser menor
En los casos en que el trabajador disfrute de un salario superior al que fija la resolución, seguirá recibiendo su mismo sueldo, de acuerdo a lo que establece el Código de Trabajo en su Artículo 217, sin que esto signifique que no puedan establecerse convenios entre las partes.
Una nota de prensa de la Secretaría de Trabajo, indica que las resoluciones sobre aumentos salariales deberán ser colocadas de manera visible en los establecimientos donde se realice el trabajo, tal como lo establece el artículo 464, párrafo segundo del Código de Trabajo, y agrega que la resolución será publicada en medios de circulación nacional. Amílcar Nivar
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