Esther Agelán Casasnovas |
En sus motivaciones, la jueza rechazó la objeción presentada por el movimiento Ciudadanos Contra la Corrupción (C-3), en contra del auto mediante el cual la DPCA dispuso el archivo definitivo, marcado con el número 03093, de fecha 13 de agosto de 2012.
“Este tribunal pudo comprobar que en la investigación realizada por la DPCA fueron verificadas las pruebas documentales aportadas por los querellantes y en ninguna de las cuentas que se describen en el reportaje de Nuria Piera se hicieron transferencias, ni directa, ni indirectamente al presidente de Haití”, expresa la sentencia.
En el dispositivo de 51 páginas, la magistrada sostiene que “Tras el análisis antes indicado y en base al principio de legalidad, y de acuerdo a la investigación previamente realizada por la DPCA, para la jueza los hechos alegados como perseguibles no encajan en el tipo penal enunciado en la ley sobre soborno internacional, por lo que procede ratificar el archivo”.
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