Actualmente los asalariados que devengan sueldos de hasta RD$27,525 mensual están exentos del pago del ISR. Se estima que la inflación medida por la variación del índice de precios al consumir podría cerrar entre 6% y 7% en 2009, según el Banco Central. De ser así, la exención impositiva del ISR llegaría hasta los sueldos de RD$29,314 mensual si la inflación cierra en 6.5% ó de hasta RD$29,451.75 mensual si la inflación termina en 7%.
El ahorro para el primer tramo de la escala salarial del ISR sería de RD$1,926.7 al mes, un aumento de sueldos indirecto. El ISR se paga en tres escalas en el país a partir de la exención contributiva que se ajusta cada año de manera automática, en atención al Código Tributario.
En el 2008 la inflación fue de 4.52%. A noviembre del año recién finalizado el Banco Central tenía registrada una inflación acumulada de 5.6%. La entidad monetaria publica el indicador de inflación mensual en los primeros quince días del mes siguiente.
En el 2009 se aplicó una exención de la renta anual de ISR para los ingresos hasta RD$330,301 anual. Los ingresos de RD$330,301.01 hasta RD$495,450 pagaban un 15% de ISR. A los excedentes de RD$495,450.01 hasta RD$688,125 se les aplicó una tasa de 20% y para el excedente de RD$668,125.01 en adelante aplica un 25%.
Para establecer el cálculo de la indexación salarial la DGII multiplica el monto exento actual por la inflación registrada.
La tasa máxima del Impuesto Sobre la Renta es de 25% tanto para las personas físicas como jurídicas, según contempla la Ley 172-07, que modifica la Ley de Reforma Fiscal 557-05.
Se estima que con el nuevo tramo de exención 93% de los asalariados quedará libre del impuesto.
Cándida Acosta
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