SANTO DOMINGO.- La Asamblea Nacional en función de Revisora de la Constitución aprobó este jueves el Estatuto de la Función Pública, mediante el cual se incluye en la Carga Magna la advertencia de castigo para los servidores del Estado que sustraigan dinero del erario para su provecho o para terceros.
Asimismo, en el citado estatuto queda expresamente prohibida toda práctica de tráfico de influencia y nepotismo con familiares, allegados o amigos.
También se incluyó en el texto constitucional la prohibición de que los funcionarios se eleven sus ingresos por concepto de las labores que rinden.
En todo caso, si lo hacen sólo será válido para “un periodo posterior al que fueron electos o designados”, advirtiendo que la inobservancia de esta disposición será sancionada de conformidad con la ley".
Además, en caso de que un servidor público sea hallado culpable de corrupción y condenado, también será castigado con “la pena de degradación cívica”, quedando obligado a devolver a las arcas del Estado todo lo que se apropió de manera ilícita.
Una sanción similar fue puesta en práctica por el efímero gobierno de Juan Bosch en 1963, conocido como “el paredón moral de la sociedad”, que buscaba que el país repudiara al funcionario o servidor del Estado que hubiese incurrido en intento de corrupción o que hubiere cometido el hecho. Continua Aqui